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Si §240 es el titular y §241(6) es el caballo de batalla de las protecciones a trabajadores de construcción de Nueva York, §200 es el cajón de sastre. Codifica el deber de cuidado de derecho común que los propietarios, contratistas y empleadores deben a las personas en una obra — y alcanza lesiones de construcción que las leyes más específicas no alcanzan.

§200 raramente es la única teoría en un caso. Usualmente juega un papel de apoyo a §240 o §241(6), o se convierte en la teoría primaria cuando ninguna de esas leyes aplica.


QUÉ DICE §200 REALMENTE

La ley requiere que todos los lugares donde los trabajadores en los oficios de construcción están empleados deben estar “construidos, equipados, dispuestos, operados y conducidos para proporcionar protección razonable y adecuada a las vidas, salud y seguridad de todas las personas empleadas allí.”

Despojado del lenguaje formal: los propietarios, contratistas y empleadores deben proporcionar un sitio de trabajo razonablemente seguro. Esta es una codificación de la negligencia de derecho común.

Las diferencias de la negligencia de derecho común en otros estados son en los márgenes:

  1. El deber es no delegable para los propietarios y ciertos contratistas.
  2. La culpa comparativa aplica.
  3. La notificación generalmente es requerida — notificación real o constructiva de una condición peligrosa, o control real sobre el trabajo.

LAS DOS RAMAS DE §200

Rama 1: Casos de condición peligrosa (“casos de notificación”)

Cuando la lesión fue causada por una condición peligrosa en la obra, el demandante generalmente debe probar que el demandado tenía notificación de la condición — real o constructiva.

Rama 2: Casos de medios y métodos (“casos de control”)

Cuando la lesión fue causada por la manera en que el trabajo se estaba realizando, el demandante generalmente debe probar que el demandado ejerció supervisión y control reales sobre los medios y métodos del trabajo.


CUÁNDO §200 ES LA TEORÍA PRIMARIA


QUIÉN ES RESPONSABLE BAJO §200

§200 aplica a propietarios, contratistas y agentes estatutarios — pero el estándar de responsabilidad depende de la rama del caso.


DEFENSAS BAJO §200

Estas defensas pueden ser sustanciales bajo §200, a diferencia de §240 donde la mayoría no están disponibles.


DAÑOS BAJO §200

Las mismas categorías que cualquier caso de lesiones personales de Nueva York. La culpa comparativa aplica.

Resultados anteriores no garantizan un resultado similar.


§240 VS. §241(6) VS. §200

La mayoría de los casos invocan más de una ley simultáneamente. Invocamos cada teoría aplicable.


(Cinco preguntas y respuestas equivalentes a la versión en inglés.)


LLAMADO A LA ACCIÓN

Si fue lesionado en una obra de construcción de Nueva York, llámenos hoy. Analizaremos su caso bajo §240, §241(6), §200, y cualquier otra teoría aplicable.

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